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Trabajadores y empleadores: modalidades de prestación

  • Los trabajadores

La ley incluye como trabajadores y trabajadoras de casas particulares a quienes presten servicios en las casas particulares o en el ámbito de la vida familiar, cualquiera fuera la cantidad de horas diarias o jornadas semanales en que los trabajadores sean ocupados para tales labores. Dichas tareas no deben implicar para el empleador lucro o beneficio económico directo.

El trabajo infantil está prohibido y en el caso del contrato de adolescentes entre 16 y 17 años, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de Santa Fe emite autorizaciones correspondientes. En el caso del trabajo en casas particulares, no pueden ser contratados bajo la modalidad "sin retiro", es decir no pueden residir en el domicilio donde cumplen las tareas.

  • Los empleadores

Son todos aquellos que requieren y contratan los servicios de trabajadores de casas particulares en todas sus categorías.

  • Modalidades de prestación

- Trabajadores que prestan tareas y residen en el domicilio para un mismo empleador (sin retiro).
- Trabajadores que prestan tareas para el mismo y único empleador y que residen en otro domicilio (con retiro).
- Trabajadores que prestan tareas para distintos empleadores y que residen en otro domicilio (con retiro)